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https://docs.google.com/file/d/0B5-389WLrPlPLTdEM0tYOFFlU00/edit
ACTA DE APROBACION DE CONVENIO COLECTIVO DE INCREMENTO SALARIAL
Y DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES
PARA SU SUSCRIPCIÓN
El día 29 de mayo del 2014 a Hs. ---- se celebró reunión de los trabajadores de ------- (Nombre completo, conforme
registro Fundempresa), con Registro Patronal Nº ----, a la cual asisten los trabajadores que se nombran en la nomina de
firmantes de la presente acta, a efecto de analizar el siguiente orden del día:
1º Consideración del incremento salarial de la gestión 2014.-
2º Designación de los representantes para su firma.-
ANTECEDENTES.-
• Que mediante Decreto Supremo Nº 1988 de fecha 01/05/2014, se establece que el incremento salarial en el
Sector Privado es de 10%, determinándose el posible campo de aplicación.
• Que mediante Resolución Ministerial Nº 302/14 de fecha 8 de mayo de 2014, el Ministerio del Trabajo se
reglamenta el Decreto Supremo Nº 1988, determinándose el posible campo de aplicación e instruyéndose la
presentación de los respectivos convenios salariales suscritos entre empresa y trabajadores para la gestión 2014.
DESARROLLO.-
1º Consideración del incremento salarial de la gestión 2014.-
En vista de la normativa laboral citada en antecedentes, los trabajadores expusieron sus criterios manifestando que para el
tratamiento y aplicación de incrementos salariales, los firmantes de la presente acta, libre y voluntariamente, sin que medie vicio
alguno en su consentimiento, reconocen y determinan los principios, aspectos y consideraciones, descritos a continuación, a los
cuales se sujetan y someten para su aplicación en la relación empleador – trabajador:
ÿ Que la Ley General del Trabajo, en su artículo 52, a tiempo de señalar que remuneración o salario es el que percibe el
empleado u obrero en pago de su trabajo, dispone que no podrá convenirse salario inferior al mínimo nacional cuya fijación, según
los ramos de trabajo y las zonas del país, se hará por el Ministerio del Trabajo.
ÿ Que por mandato del Decreto Supremo Nº 1988 de fecha 01 de mayo de 20014, el salario mínimo nacional a la fecha
asciende a Bs. 1.440.-
ÿ Que se aplicará el incremento salarial determinado en el Decreto Supremo Nº 1988 de fecha 01 de mayo del 2014, con las
exclusiones previstas en la Resolución Ministerial Nº 302/2014 de fecha 8 de mayo del 2014.
ÿ Que para la determinación de incrementos salariales aplicables a partir del mes de enero del 2014, los trabajadores nos
sometemos al artículo 49 parágrafo I de la actual Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, al artículo 5 del Decreto
Supremo Nº 22407 de fecha 11 de enero de 1990, artículo 13 de la Ley 1182 de 17 de septiembre de 1990, artículo 62 del Decreto
Supremo 21060 de fecha 29 de agosto de 1985, Sentencia Constitucional Nº 0141/2004 de fecha 17 de diciembre de 2004.
ÿ Que entre la empresa y los trabajadores, se acuerde el incremento salarial para la gestión 2014, al cual los trabajadores se
someten y reconocen la calidad de único incremento salarial aplicable para la gestión 2014.-
En el marco de lo expresado por los trabajadores, se determina que en mérito al continuo apoyo y cooperación que la empresa
brinda a sus trabajadores, éstos reconocen como único incremento salarial para la Gestión 2014, el que a continuación se
especifica:
1.- La aplicación de un incremento de 10 % sobre ----- (Base utilizada: salario básico), retroactivo a partir del mes de enero del
2014, incremento que será aplicado a los trabajadores que prestan servicios en los siguientes sectores:
a) ---.
b) ---.
c) ---.
2.- El monto de todas las remuneraciones y el incremento a las mismas, se verá reflejado en planillas adicionales retroactivas de
enero del 2014 a abril del 2014, y en la planilla correspondiente al mes de mayo del 2014.
A mayor abundamiento los trabajadores manifiestan que las especificaciones determinadas en el presente acto liberan a la
empresa de toda obligación emergente de determinación legal posterior, asignando al convenio colectivo de incremento salarial
a ser suscrito los efectos de cosa juzgada, al amparo del artículo 949 del código civil, y demás normativa aplicable, inherente y
relativa a la materia en tratamiento del convenio colectivo de incremento salarial Gestión 2014.
2º Designación de los representantes para su firma.-
Así mismo tomando la palabra uno a uno de los asistentes por unanimidad designaron a las señores ---- con C.I. Nº --- y --- con C.I.
Nº ----para que en representación del sector de trabajadores que firman la presente acta, suscriban el acuerdo que determine el
incremento salarial de acuerdo a las especificaciones antes referidas, a las cuales se someten los trabajadores firmantes.
No se trató otro tema, por lo que finalizó la reunión a Hrs. --- firmando los presentes en señal de conformidad.-
Nombre
C.I. Nº
Firma
Nombre
C.I. Nº
Firma
Nombre
C.I. Nº
Firma
Nombre
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